jueves, 18 de septiembre de 2014

Yo, Político




 Tarea para Quinto Año A.

La siguiente tarea es para desarrollar el comienzo de una ley a futuro.

1) Primero deberán mencionar por que es necesario crear esa ley. Las dispocisiones generales.
2) Deberán realizar dos artículos para la aplicación de esa ley.
3) La supuesta ley en cuestión es: "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"


Condiciones para realizar este trabajo



  • Las justificaciones son con material visto en clases NO CON DATOS de otras páginas de internet.
  • Las respuestas son individuales. RESPETAR ESTO.
  • Día de Inicio el 23 de septiembre a las 16;00 y finaliza el 27 de septiembre a las 16:00.
  • Los comentarios se ponen a conocimientos de todos una vez corregido. • Fijarse bien las faltas de ortografías.
  • No esperar al último día para contestar, por que si alguno de ustedes tiene problemas de internet lo deberán comunicar antes a la profesora mediante un correo electrónico o en colegio al cual concurro todos los días. Por correo electrónico a cliodaniela@hotmail.com o faceboock.




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24 comentarios:

  1. LEY

    “Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    Justificación:

    Los líderes de los partidos políticos deben tener ciertas cualidades que son necesarias, la fuerza de voluntad, la convicción, un conocimiento amplio, y también la autosuficiencia, aunque se acompañe con un orgullo arrogante. Según Michels en algunos casos , hasta la bondad del corazón y el desinterés. Pero es imprescindible que para acceder a cargos públicos es importante el conocimiento pleno de la Constitución Nacional, ya que el político que así lo hiciere, tendrá una herramienta importante para poder elaborar su función y su cargo plenamente. El conocer los artículos que la Constitución Nacional le brindará una información necesaria para trabajar en su función claramente, y poder defenderse de quienes retracten su labor. Así mismo el conocimiento de la misma, es imprescindible para la formación plena de quienes deben llevar adelante una labor pública en donde la Ley fundamental debe ser conocida, El conocimiento de la Constitución será por lo tanto uno de los elementos necesarios y primordial para poder acceder a un cargo público. Sin ese conocimiento, de gran importancia, no se lograría dicho cargo. Se promueve la implementación de estos conocimientos se hará por el estudio del funcionario en cuestión y su evaluación posteriormente por un equipo de facultativos capacitados para evaluar al funcionario. La aprobación de dicho examen no será con notas, simplemente será evaluativa, ya que no depende de los cocimientos parciales de la Constitución, sino su comprensión plena y en su totalidad. El Estado brindará a quienes se postulen a dichos cargos, todos los elementos para que puedan tener sus conocimientos en forma incondicional y puedan ser evaluados en concordancia con lo establecido.
    Para ello la ley tendrá dos artículos.

    Artículo 1º- Los funcionarios políticos que deseen acceder a un cargo público, deberán conocer en plenitud la Constitución Nacional. Siendo necesario para ello un estudio detallado de dicha Constitución en la que el Estado proveerá todos los elementos necesarios para el aprendizaje.

    Artículo 2º- En todo el territorio de la Nación quienes se presenten como políticos para acceder a cargos público deberá rendir un examen, quienes serán evaluados por profesionales elegidos por el Estado Nacional en pleno ejercicio de sus conocimientos. Dicha evaluación será sobre el conocimiento total de la Constitución y no en su parcialidad. El Estado deberá asegurar la igualdad de las bases de conocimientos para cada uno de los políticos elegidos a desempeñar cargos públicos.



    Alumna: Daniela García

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  2. LEY

    “Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    1) Justificación:

    Los líderes de los partidos políticos deben tener ciertas cualidades que son necesarias, la fuerza de voluntad, la convicción, un conocimiento amplio, y también la autosuficiencia, aunque se acompañe con un orgullo arrogante. Según Michels en algunos casos , hasta la bondad del corazón y el desinterés. Pero es imprescindible que para acceder a cargos públicos es importante el conocimiento pleno de la Constitución Nacional, ya que el político que así lo hiciere, tendrá una herramienta importante para poder elaborar su función y su cargo plenamente. El conocer los artículos que la Constitución Nacional le brindará una información necesaria para trabajar en su función claramente, y poder defenderse de quienes retracten su labor. Así mismo el conocimiento de la misma, es imprescindible para la formación plena de quienes deben llevar adelante una labor pública en donde la Ley fundamental debe ser conocida, El conocimiento de la Constitución será por lo tanto uno de los elementos necesarios y primordial para poder acceder a un cargo público. Sin ese conocimiento, de gran importancia, no se lograría dicho cargo. Se promueve la implementación de estos conocimientos se hará por el estudio del funcionario en cuestión y su evaluación posteriormente por un equipo de facultativos capacitados para evaluar al funcionario. La aprobación de dicho examen no será con notas, simplemente será evaluativa, ya que no depende de los cocimientos parciales de la Constitución, sino su comprensión plena y en su totalidad. El Estado brindará a quienes se postulen a dichos cargos, todos los elementos para que puedan tener sus conocimientos en forma incondicional y puedan ser evaluados en concordancia con lo establecido.

    2) Para ello la ley tendrá dos artículos.

    Artículo 1º- Los funcionarios políticos que deseen acceder a un cargo público, deberán conocer en plenitud la Constitución Nacional. Siendo necesario para ello un estudio detallado de dicha Constitución en la que el Estado proveerá todos los elementos necesarios para el aprendizaje.

    Artículo 2º- En todo el territorio de la Nación quienes se presenten como políticos para acceder a cargos público deberá rendir un examen, quienes serán evaluados por profesionales elegidos por el Estado Nacional en pleno ejercicio de sus conocimientos. Dicha evaluación será sobre el conocimiento total de la Constitución y no en su parcialidad. El Estado deberá asegurar la igualdad de las bases de conocimientos para cada uno de los políticos elegidos a desempeñar cargos públicos.



    Alumna: Daniela García

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  3. 1. Es necesario crear dicha ley porque los políticos son aquellas personas que nos representan y obran por el bien de la sociedad. Tienen trabajos que cumplir y no pueden llevarlos a cabo si no conocen debidamente nuestros derechos, obligaciones y límites cómo así también los suyos.
    El examen es necesario para certificar su cualificación profesional y por ello, debe ser obligatorio. De otro modo, estaría recibiendo un título una persona que no tiene las herramientas necesarias para llevar a cabo la profesión.

    2. Artículo primero.
    No se prohibirá acceder a un cargo público a ningún individuo, así como tampoco será forzado a ello. La única condición previa a tomar tal resolución será la idoneidad. Posterior a ello, será obligatorio formarse y conocer la Constitución Nacional de la República Argentina de manera íntegra y veraz.
    Para postularse al cargo solicitado, el individuo deberá contar con un título previo de preparación profesional en cualquiera sea su vocación.

    Artículo segundo.
    Posterior al estudio de la Constitución así como también de leyes, para notificarse como cualificado en el cargo, deberá rendir una evaluación obligatoria de la cual el 85 % debe estar aprobada. Contará con una instancia oral tanto como una escrita y ambas deberán ser aprobadas individualmente para luego ser promediadas.
    En caso de reprobar deberá presentarse a los 40 días de realizado el examen para su correspondiente recuperatorio. El mismo constará de una instancia oral. Si reprueba nuevamente, será obligatorio tomar un Curso Preparatorio. Esta será la última instancia y en caso de resultar nuevamente fallida, deberá aguardar al año próximo y retomar el Curso.


    Alumna: Sol Maldonado.

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  4. 1) Esta ley es completamente necesaria porque los políticos deben ser, en todo sentido, personas capacitadas e informadas sobre lo que en este caso es nuestra base fundamental, nuestros derechos. Un político sabe o cree saber qué es lo que nosotros, los habitantes, necesitamos y por ello llevan sus ideas a cabo, para satisfacer nuestras necesidades o deseos, para representarnos frente a otras personas y para tomar las decisiones correspondientes de nuestro país, ¡para respaldar el accionar a nuestras obligaciones!
    El político debe enfrentarse a muchas críticas ya que es un miembro más que visible en la sociedad y el que debe llevar el “buen ejemplo”, pero en lo que a mí respecta, creo que todas las personas deberíamos saber cuáles son nuestros derechos. Quizá para que los políticos no deban llevar completamente nuestro cargo o, también, para hacerlos valer como individuos de esta Nación.


    2) Artículo 1:
    Todos los habitantes de la Argentina gozan del derecho a una debida representación por parte de los ejercitantes de poder y la obligación de comprobar dicha preparación, ya sea mediante un título profesional o el comprobante que así se requiera.
    Artículo 2:
    Todos aquellos aspirantes a cargos políticos, sin distinción alguna, tienen el derecho a ser evaluados por profesionales a cargo y podrán acudir a una segunda instancia luego de esta. El método evaluatorio deberá ser el mismo para todos, sin privilegios o facilidades.

    Aparicio Melisa.

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  5. "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    Justificación:
    Como habitantes de la República Argentina, tenemos el derecho y la obligación de ser representados por personas capacitadas profesionalmente y que estén dispuestas a hacer cumplir todos nuestros derechos presentes en nuestra Constitución. Estas personas serán evaluadas por el examen de la ley en cuestión, para así, comprobar que estas personas son la adecuadas.

    Articulo 1:

    Todos los ciudadanos de la Argentina pueden presentarse como políticos a los cargos públicos, pero para comprobar su efectividad y capacidad para ejercer esta tarea, deberán ser evaluados y tener el 90 % del examen correcto. La evaluación sera igual para todos los ciudadanos aspirantes.

    Articulo 2:

    Todos los habitantes tienen el derecho de tener representantes capacitados y efectivos profesionalmente para lograr una sociedad organizada y con igualdad de derecho para todos. Para conseguir esto se llevara a cabo una evaluación igualitaria mediante el examen de la ley en cuestión y así se certificará la capacidad y la competitividad de los aspirantes a los cargos políticos.

    Lara Di Girolamo

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  6. "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    1.Es evidente y es una obligación que los políticos sepan la Constitución Nacional, ya que son las personas que están más centralizadas y capacitadas para obtener una mayor atención a la información que le brinde el Estado. El examen, será el unico método justificativo que se utilizará para saber si el político tiene un buen aprendizaje, para obtener dicha profesión.
    2.Artículo 1: Todos los ciudadanos/políticos deberán saber obligatoriamente la Constitución Nacional.
    Artículo 2: El método evaluativo en el caso de rendir el examen ; la persona tendrá que tener los mecanismos necesarios para redactar la evaluación, no habrá desigualdades, cualquier persona va a tener el acceso de rendir, pero en el caso de que desapruebe se rendirá un oral como evaluación “recuperatoria”.
    Jazmín laiño

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  7. LEY

    “Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"


    1) Esta ley debe sancionarse ya que es necesario que las personas que vayan a representarnos conozcan nuestros derechos, que los que no vayan a juzgar conozcan nuestros deberes y obligaciones. A su vez, deben conocer la ley suprema y por la que se rige el país en el que van a desarrollar, cada cual, su respectiva actividad y/o cargo.
    Es necesario este examen para demostrar y comprobar que realmente tienen el conocimiento exigido y necesario.

    2) Artículo 1:
    El Gobierno Nacional fomentará y concientizará de la importancia de saber la Constitución, y de que las personas que vayan a presentarse para estos cargos deben ser responsables, leales y sinceras.
    Dará cursos en donde se expliquen las diferentes partes y enunciados que hay dentro de ella, y palabras y vocabulario necesario.
    Para rendir el examen se exigirán distintos requisitos como presentar documentación, estudios realizados y buena presencia.
    También, tendrán que firmar un papel en donde digan estas condiciones, lo que se va a evaluar y de qué forma. Esto servirá para que no haya ningún tipo de preferencia, ayuda o desigualdad entre las personas que se presenten.


    Artículo 2:
    Una vez cumplido el primer artículo, se tomará un examen extenso y variado en donde cubra casi la totalidad de la Constitución Nacional, sus derechos y garantías. Si esta prueba es aprobada, pasará a una instancia oral donde se le pedirá el desarrollo de algún tema que no haya estado en la evaluación escrita.
    Es necesario que se aprueben estas dos instancias.


    LUPE IGEA.

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  8. "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    1- Esta ley propone que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional ya que al llegar a su cargo tienen que defender , ayudar y promover facilidades al pueblo para su desarrollo, para esto es evidente que deben saber los beneficios y limitaciones que existen en nuestra Constitución para desarrollar su trabajo de la mejor manera sin ocasionar problemas dentro de la sociedad por desigualdad, falta de recursos ,etc.
    El examen es una muy buena herramienta para evaluar su conocimiento, si de verdad llegara o no a ser un buen papel dentro del Estado , cumpliendo con sus obligaciones como corresponde.

    2. Articulo 1: A partir de la sanción de esta ley; cualquier político ,estudiante, recibido o no, deberá saber OBLIGATORIAMENTE la Constitución Nacional para ejercer luego su papel laboral correctamente.

    Articulo 2: Este saber sera corroborado a través de un EXAMEN de igual condiciones para todos. Se deberá tener aprobado un 90% del examen para poder presentarse en el Estado( con dicho examen ) para poder comenzar a desempeñar sus actividades en los cargos públicos.
    En el caso de estar DESAPROBADO tendrán una segunda instancia para volver a rendir el examen pero entre el periodo de la primer instancia y la segunda el postulante sera destituido o no estará autorizado para desempeñar la ocupación que requiere. (Dependiendo de si ejerce o no papel en el estado).

    PERAZZO RODRIGO.

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  9. "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"


    1) Es necesario crear esta ley para formar políticos totalmente capacitados para dirigir un país, provincia o cuidad cumpliendo a la perfección con lo que la Constitución Nacional demanda.
    Debido a la inoperancia que han demostrado dirigentes nacionales ante hechos sucedidos en el ámbito que les correspondía, y debido a los sucesivos reclamos de la población se ha decidido elaborar un proyecto de ley donde consten los siguientes artículos.


    2) ARTICULO 1: Toda persona que decida postularse a un cargo público, deberá rendir un examen sobre conocimientos de la Constitución Nacional, concurriendo a la formación y capacitación que el estado proveerá.
    ARTICULO 2: Establece un régimen de control con el objetivo de asegurar dichos conocimientos promoviendo esta iniciativa y su correcto desempeño mediante la información planificada.

    NAHIR DOMIÁN VELAZCO

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  10. "Que los futuros políticos sepa la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto".

    1) En mi opinión, los políticos deberían o tendrían que tener un buen uso y conocimiento con respecto a la Constitución Nacional argentina, porque sin él no se podría llevar a cabo la idoneidad social y tampoco nuestros respectivos derechos.
    Además, gracias a la existencia de la Constitución, los políticos tendrían fácil acceso a cargos públicos. También, nosotros, los habitantes tenemos derecho a ser representados por una persona profesionalmente capacitada y dispuesta a cumplir nuestros derechos y necesidades.
    Los políticos deberán realizar una evaluación para observar si están verdaderamente capacitados para nuestra representación.

    Artículo 1: Todos los que se capaciten en este ámbito (político), deberán tener sabiduría y conocimiento extraordinario de la Constitución Nacional. Luego serán evaluados para establecer su capacitación y así ejercer esta actividad.
    Artículo 2: Se realizará una evaluación igualitaria, cualquier persona tendrá derecho a rendir el examen. En caso de desaprobar la instancia escrita, e pasará a la instancia oral.

    Costanza Gonzalvez.

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  11. NOMBRE: ANABELLA BROCHERO

    “Los futuros políticos deberán saber la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deberán rendir un examen para comprobar esto”

    1) Disposiciones generales:
    La República Argentina merece tener un futuro mejor, por esto mismo es necesario que los “nuevos políticos” se centren más en su intelectualidad y su capacidad a la hora de su futuro en el gobierno, antes de centrarse en su carisma para atraer afiliados. Estos futuros líderes deben tener fuerza de voluntad, convicción, un conocimiento amplio de La Constitución Argentina, autosuficiencia, etc. (tal como lo dice Michels), si esto no es así, no van a poder lograr llevar a cabo su cargo eficazmente; aunque la mayoría de las veces todo esto se acompañe de un orgullo arrogante.
    El pueblo argentino necesita que la persona que los represente esté realmente apta en sus conocimientos para acceder a dicho cargo público, es por eso que la única manera de comprobarlo será a través de un examen a todos los postulados a ejercerlo.

    2) Artículo 1: Todos los habitantes de la Nación mayores de edad podrán acceder a cargos públicos en tanto y en cuánto posean su título primario y secundario completo de manera obligatoria, y posean la idoneidad requerida para el ejercicio de las funciones (verificado posteriormente), así como aptitud psicotécnica para su desempeño.
    Artículo 2: Luego de cumplir con los fines señalados en el artículo anterior, se deberá realizar un examen general de conocimientos de toda índole (con la obligación y responsabilidad de aprobar), especialmente de temas que aborden la política y la ciudadanía, ya que es obligatorio que dicha persona conozca la Constitución de la Nación Argentina de manera íntegra.

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  12. ALUMNA AGUSTINA LEÓN
    1) Disposiciones Generales
    Se debe considerar la necesidad de medir la capacidad técnica, de gestión, conocimiento de la problemática que se desarrolla en cada sector social y las mismas habilidades sociales de los ciudadanos interesados en ocupar algún cargo público, tomando como eje superior y herramienta fija de trabajo el dominio pleno de la Constitución Nacional. Con el propósito de conocer su nivel profesional, sus habilidades y conocimiento ante las necesidades y problemáticas técnicas y sociales que se desarrollan en cada área. Mostrando una correcta alineación, respeto y cumplimiento de los preceptos emanados de nuestra Constitución Nacional. Realizado siempre con amor y honor a la Patria misma, haciendo valer y respetar la Constitución y para con ella poder realizar un trabajo eficaz y solventar todos aquellos problemas que presente dicha ciudad, provincia, país, cualquiera sea la sociedad, basándose en la misma, sin que la afecte.
    La sociedad civil reclama una participación consiente, activa y verdadera de los funcionarios que tienen a cargo la resolución de conflictos de la sociedad; y la protección y cumplimiento de los derechos ciudadanos y humanos, como así también sus garantías. Entendido así, la evaluación se convierte en una obligación legal y moral de cada sujeto con meta a cargos jerárquicos de la función pública ya sea en el ámbito nacional, provincial o municipal, es parte de su responsabilidad demostrar el dominio de la Ley Fundamental (Constitución Nacional), documento principal con la que trabajará durante su gestión.
    2) Articulo 1- “Órgano Examinador competente para realizar el examen” A los fines de esta Norma es órgano competente un Comité plural conformado por funcionarios públicos de los tres poderes emanados de la Constitución Nacional (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y de los distintos niveles jurisdiccionales (nacional, provincial y municipal) con experiencia y fiabilidad en sus funciones, y que no tenga dicho sujeto ningún antecedente que perjudique su meta final. Con previo otorgamiento de una licencia que asegure su idoneidad y capacidad. No podrán formar parte del Comité Examinador aquellas personas que tengan lazos de parentesco con el examinado, hayan mantenido alguna relación laboral o pertenezcan al mismo signo político. Sus miembros deberán expedirse en un plazo no mayor a treinta días corridos a partir de la recepción del trabajo. Cada uno de los miembros deberá manifestarse por escrito, efectuando sus observaciones, señalando los aspectos que requieran revisión o modificaciones.
    Articulo 2- “Sobre las características del examen”
    El examen es una prueba evaluativa que permitirá distinguir a los mejores candidatos a ocupar un cargo público, bajo los preceptos de la Constitución Nacional.
    El Estado brindará conocimientos característicos para que todo aquel individuo que habite dentro del subsuelo argentino sea evaluado por un grupo de profesionales a fines objetivamente y de esa manera que pueda acceder a cargos públicos (reglamentados bajo la autoridad del gobierno de turno) siendo necesario el conocimiento pleno de la Constitución.
    El Estado brindará un lugar físico de estudio, donde se evalúe en todo tipo de capacidad al sujeto, dispuestas de la siguiente manera: forma escrita, oral, psicológica, y de accionar; donde se le brindará una educación que la puede adquirir de manera pública
    El examen será finalmente por las figuras profesionales del Comité Evaluador, y como libro fundamental La Constitución Nacional de la República Argentina; y podrán resultar: 1) Aprobado con dictamen fundado. 2) Desaprobado con dictamen fundado. Las decisiones del Comité Evaluador, tomadas por mayoría simple, serán inapelables. No se podrá rendir examen si no se ha realizado el proceso de capacitación correspondiente al que es Estado está obligado

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  13. "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"






    1) Los políticos para mi si tendrían que saber la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos, porque sino no sabrían como ayudarnos; además se supone que estén capacitados para representarnos en todos nuestros derechos.

    El examen es necesario para saber si pueden cumplir con dicho cargo.

    2) ARTÍCULO 1°: Cualquier persona podrá presentarse para este cargo, las condiciones son ser mayor de edad y tener conocimiento de la Constitución Nacional.

    ARTICULO 2°: Se tomará un examen a todo aquel que se presente, evaluados por personas profesionales a cargo elegidos por el Estado Nacional. Se aprobará con el 90% de respuestas correctas, si no se llega a aprobar en la primer instancia se realizará un "recuperatorio" oralmente luego de 20 días de haber rendido el otro.

    casanova maria j

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  14. "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"






    1) Los políticos para mi si tendrían que saber la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos, porque sino no sabrían como ayudarnos; además se supone que estén capacitados para representarnos en todos nuestros derechos.

    El examen es necesario para saber si pueden cumplir con dicho cargo.

    2) ARTÍCULO 1°: Cualquier persona podrá presentarse para este cargo, las condiciones son ser mayor de edad y tener conocimiento de la Constitución Nacional.

    ARTICULO 2°: Se tomará un examen a todo aquel que se presente, evaluados por personas profesionales a cargo elegidos por el Estado Nacional. Se aprobará con el 90% de respuestas correctas, si no se llega a aprobar en la primer instancia se realizará un "recuperatorio" oralmente luego de 20 días de haber rendido el otro.

    Casanova María J.

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  15. Justificación: deben conocer la constitución ya que esta es la ley suprema del país. Por lo tanto en ella se encuentran los puntos más importantes que cualquier político debe conocer, reconocer, identificar y aprender a la hora de desempeñar su función social como representante del pueblo. Ya que, como mencione antes, en la constitución se encuentran todos los derechos que el pueblo, es decir los ciudadanos tenemos y deben cumplirse para mantener el orden en la sociedad. Deben garantizar que cada artículo de la constitución se cumpla y establezca, ya que no sirve de nada conocerla si después no se ponen en práctica: hay que conocer y aplicar lo que en ella se describe. Todo debe basarse en la Constitución ya que en ella encontramos los objetivos e ideales del país, en consecuencia cada político que desempeñe su función deberá estar a la altura de la misma y no contradecirla.
    Artículo 1: Todos aquellos que quieran acceder a un cargo político deben elegir al menos tres artículos de la constitución y presentar las acciones que llevaran a cabo para cumplir con los artículos elegidos, se les dará un plazo para efectuar dichas ideas. Pasado el tiempo se hará un juicio para que explique por qué no cumplió con lo expuesto y se determinara si sigue o no ejerciendo su cargo
    Artículo 2: todo aquel que logre pasar la comisión evaluativa no podrá alterar constitución nacional para su propio beneficio

    Franco Defranco

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  16. Justificación: deben conocer la constitución ya que esta es la ley suprema del país. Por lo tanto en ella se encuentran los puntos más importantes que cualquier político debe conocer, reconocer, identificar y aprender a la hora de desempeñar su función social como representante del pueblo. Ya que, como mencione antes, en la constitución se encuentran todos los derechos que el pueblo, es decir los ciudadanos tenemos y deben cumplirse para mantener el orden en la sociedad. Deben garantizar que cada artículo de la constitución se cumpla y establezca, ya que no sirve de nada conocerla si después no se ponen en práctica: hay que conocer y aplicar lo que en ella se describe. Todo debe basarse en la Constitución ya que en ella encontramos los objetivos e ideales del país, en consecuencia cada político que desempeñe su función deberá estar a la altura de la misma y no contradecirla.
    Artículo 1: Todos aquellos que quieran acceder a un cargo político deben elegir al menos tres artículos de la constitución y presentar las acciones que llevaran a cabo para cumplir con los artículos elegidos, se les dará un plazo para efectuar dichas ideas. Pasado el tiempo se hará un juicio para que explique por qué no cumplió con lo expuesto y se determinara si sigue o no ejerciendo su cargo
    Artículo 2: todo aquel que logre pasar la comisión evaluativa no podrá alterar constitución nacional para su propio beneficio .
    Franco Defranco

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  17. 1) Esta ley es un principio fundamental para que un país o sociedad se desarrolle correctamente, respetando todas las normas, leyes y derechos que la conforman. Los Políticos son aquellas personas que nos representan y que deben encargarse del funcionamiento y cumplimiento de todas las leyes y normas de una sociedad. Esto debe englobar seguridad, educación, trabajo, salud, etc. Esta ley, permite que estas personas tengan un buen aprendizaje, ya que si ellos no estudiaran o rindieran sus exámenes, estarían accediendo a cargos públicos sin un previo conocimiento y sin experiencia, herramientas necesarias para encargarse de los problemas de una sociedad. Pero actualmente, muchas personas acceden a cargos públicos sin experiencia o sin la debida educación, lo que es algo grave para que puedan desarrollar su trabajo correctamente, por eso, en mi opinión, creo que esta ley es totalmente correcta y tendría que ser igual para muchas otras carreras y especialidades, para no dejarnos manipular por la sociedad en la que se vive ni por sus representantes. Los cuales tienen sus propios objetivos, tanto económicos como políticos.

    2) Primer Artículo: Solo podrá ocupar un cargo público aquel ciudadano de nacionalidad Argentina, que acredite estudios primario, secundario, terciario y/o universitario completo y que haya cumplido 21 años de edad.

    Segundo Artículo: Los funcionarios que cumplen un cargo público deberán tener un conocimiento pleno de la constitución nacional, para lo cual deberán hacer un curso previo dictado por profesionales idóneos en el tema, con una evaluación final (aprobada con el 70% de las respuestas correctas) y certificado del mismo: el cual deberá ser revalidado cada 5 años para continuar en el cargo.

    Trabajo Realizado por: Juan Francisco Calí.

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  18. “Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    Justificación:

    Si bien los políticos son los representantes del pueblo y son ciudadanos como cualquier otro, deben cumplir los requisitos necesarios para poder ser un buen líder. Para esto es esencial que este tenga un gran conocimiento con respecto a las leyes que deben ser cumplidas dentro de la sociedad ya que sin estas sería un caos y no habría justicia ni equilibrio como muy bien hemos visto en este país cuando las fuerzas armadas de la República Argentina se revelaban contra el propio gobierno del país, tomando el poder por medio de las armas ignorando totalmente a las leyes establecidas en la Constitución Nacional como en el Golpe de Estado de 1966 a manos del general Juan Carlos Onganía.
    Un verdadero político debe tener el conocimiento apropiado para no tomar malas decisiones ni ser un líder débil y dudoso, es por esto que es esencial y de suma importancia saber por completo la Constitución Nacional y sus respectivas leyes establecidas en ella.
    Con la aprobación de dicha ley los futuros políticos deberán realizar un examen con el fin de comprobar su conocimiento para poder postularse en cualquier cargo político.

    Artículo 1º: Todo ciudadano de la República Argentina tiene el derecho y la oportunidad de postularse en un cargo político pero para ello deberán realizar un examen con el fin de comprobar su conocimiento, no solo sobre la historia Argentina sino sobre la Constitución Nacional

    Artículo 2º: El requisito básico para obtener un cargo político es el total conocimiento de la Constitución Nacional.

    Alumno: Nahuel Pace

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  19. ALUMNO: Martín de la Canal Erbetta.
    CURSO: 5º Año
    NUEVA LEY: "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    1) Es realmente necesario e importante que una ley así sea aprobada en nuestro país. No cualquier persona puede acceder a los cargos electivos. Para hacerlo deben tener un mínimo de conocimiento de la Ley Suprema del país, la que rige nuestra nación, porque estar a cargo del país (aunque sea de una parte) es una gran responsabilidad. Si los políticos no supieran sus artículos seríamos fácilmente manejados por países extranjeros (ya que no podrían reclamar el cumplimiento de algo que no conocen).
    También debería comprobarse legítimamente por una autoridad (y verificar su autenticidad para que no haya “arreglos”) que el político la sepa al pie de la letra antes de acceder a un cargo público, ya que no es lo mismo memorizarla que entenderla.
    En mi opinión, los habitantes también deberían saberla, o por lo menos tener una idea de sus artículos, para no caer en la ignorancia que es fácilmente controlada por los que saben, en este caso, los políticos (“pueblo bruto, pueblo dominado”).

    2) Artículo 1: Los habitantes de la nación gozan del derecho a ser gobernados por una autoridad competente que tenga a la presente Constitución Nacional dentro de sus conocimientos básicos. La misma debe ser estudiada, memorizada y entendida completamente para poder postularse a cargos públicos dentro de la jurisdicción de la Nación Argentina.

    Artículo 2: Antes de postularse para un cargo público, dichas personas deberán rendir obligatoriamente un examen frente a una autoridad legítima para comprobarse legalmente lo dicho en el anterior artículo de la Constitución Nacional Argentina. No tendrán derecho a postularse aquellas personas que no la sepan completamente. Pero sí tendrán derecho, en caso de fallar o no ser aprobado el examen anteriormente mencionado, a retomar el estudio, memorización y entendimiento de la presente Constitución Nacional hasta saberla en su totalidad y rendir el examen desde el comienzo.

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  20. Ley: "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    1) Esta es una ley muy importante y necesaria ya que los habitantes de cada país, y el nuestro no es la excepción, deben ser representados políticamente por gente capacitada. Los candidatos a los cargos públicos deben saber y entender las leyes y los artículos de La Constitución, para después, si son elegidos, ejercer sus respectivas funciones de manera correcta. De lo contrario, pueden perjudicar en pequeña o gran medida a la población, pasando por alto cierta ley al realizar una obra o presentar una idea: Por ejemplo, ideando un nuevo plan económico que perjudique gravemente a los trabajadores, ya que no presenta condiciones dignas de trabajo, el salario mínimo o vacaciones pagadas. O incluso ignorando derechos también estipulados en La Constitución: Por ejemplo, no dejando entrar a una persona a un determinado partido político solo porque posee otra religión, o censurando el contenido de diarios incluso antes de que sean publicados.
    Al no saber la Constitución Nacional, los futuros políticos estarían igual de calificados para el cargo que cualquier otra persona mayor de edad que pase por la calle, es decir, no estarían preparados en lo absoluto. Y para mí, los cargos que puedan obtener esos políticos no pueden ser acaparados por cualquier persona. Porque lo que debería buscar un político es de hacer de este un país mejor y más justo, y para poder estar en camino de cumplir ese objetivo se necesitan personas con un amplio conocimiento previo, que sepan todas las leyes que tienen que respetar para poder llevar a cabo sus determinados proyectos.

    2) Artículo 1: Todos los candidatos postulados para los distintos cargos públicos deben ser evaluados en base a sus conocimientos de la Constitución Nacional, y a partir del resultado obtenido, representantes elegidos por el Gobierno Nacional decidirán si están capacitados para ejercer el cargo al que se postulan. Anteriormente, dichos representantes tendrán que garantizar que todos los candidatos son evaluados con el mismo criterio, de manera igualitaria y sin favoritismo hacia ningún partido político en particular, en un informe completo y detallado.

    Artículo 2: Todos los ciudadanos tienen el derecho a ser representados políticamente por personas que sepan las leyes no se pueden violar ni pasar por alto, es decir, todas las leyes y artículos presentes en esta Constitución. De esta manera, se estipula que estos representantes, lo políticos, no deben gozar de ningún beneficio ni privilegio por parte de la ley, comparado con el resto de los ciudadanos.


    Alumno: Julián Quadrana

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  21. ALUMNA: LUCIANA NOELIA BARROS ABDALA

    “Los futuros políticos deberán saber la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deberán rendir un examen para comprobar esto”


    1)El político es aquella persona que se dedica a tomar decisiones y a la realización de programas y planes de acción, además de la conducción de algún sector especifico, por ello, para mí es muy IMPORTANTE la formulación de la ley, ya que es esencial para el país que las personas que suplanten a los políticos del momento, tengan el deber de conocer toda la Constitución Nacional Argentina mediante un examen, porque al estar en un país en el que su método de gobierno es la Democracia, su obligación será el hacer cumplir los derechos de los habitantes argentinos, los cuales están plasmados en la Constitución , y si esto no puede ser así, habría una falla en nuestra gobernación mostrándonos ante los demás países como "ignorantes". Además, cuando la persona acceda al cargo político deberá presentar discursos en el que nombrará artículos constitucionales demostrando su verdadero profesionalismo.

    2) ARTÍCULO 1:
    Toda aquella persona (político) que desee acceder a un cargo público, deberá conocer todos los artículos de la Constitución Nacional Argentina, junto a sus reformas históricas, mediante un examen que demostrara su nivel de profesionalismo y conocimiento, además de su capacidad para asumir toda tarea política.

    ARTÍCULO 2: El examen anunciado en el artículo anterior para adherirse a un cargo público, deberá ser para TODA PERSONA sin importar su sexo (femenino o masculino) su preferencia ideológica, religión, categoría económica, etc. Además de haber terminado sus estudios primarios, secundarios y universitarios sin tener ningún antecedente penal.
    El dicho examen consistirá de una evaluación escrita en el que se deberá especificar las reformas constitucionales y como ha influido en la historia de la sociedad argentina, y por último la persona tendrá que expresar un discurso político en el que nombrará artículos de la Constitución Argentina.
    La persona que desapruebe no podrá acceder al cargo público que desea, ya que es esencial el aprendizaje de nuestros derechos para un correcto funcionamiento político.

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  22. 1) Yo creo que la creación de esta ley es necesaria porque esas personas que deseen desempeñarse en cargos políticos, son las que en un futuro nos van representar como ciudadanos; y lo harán, o así debería serlo, por medio de la Constitución Nacional, que es la única herramienta que tienen. Una persona que accede a un cargo político sin saber la Constitución Nacional y lo que ella expresa, es como una persona ejerciendo la profesión de medico sin haber cursado los 6 años correspondientes. El político es un líder, y el líder es una persona capaz de establecer metas y objetivos, conoce sus fortalezas y más aun, sus debilidades, para luego usarlas como parte de su fortaleza. Debido a esto, es completamente necesario el conocimiento de la Constitución Nacional en su totalidad, por parte de cada una de las personas que accedan a cargos políticos; no podemos suponer que una persona que ocupa un cargo político y tiene conocimientos mediocres sobre lo que expresa la Constitución Nacional, nos represente de manera correcta. Recordemos que en esa Constitución yacen nuestros derechos y obligaciones como ciudadanos de esta Nación.

    2) Art. A- Todo aquel ciudadano que desee desempeñarse en un cargo público, deberá aprobar un examen en el que será evaluado por expertos constitucionalistas, donde mostrará que goza de todo conocimiento sobre la Constitución Nacional en su totalidad, entendiendo lo que esta misma expresa y su finalidad.
    Art. B- Todo aquel funcionario público en ejercicio deberá, anualmente, realizar de manera obligatoria, una capacitación, cuyos responsables deberán ser especialistas en el tema; comprendiendo así una actualización plena de sus conocimientos sobre dicha constitución.
    Juan Orioli

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  23. 1) Fundamento de la necesidad de la creación de la ley

    Es necesario "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto”. Ellos, deben saber, cuáles son los objetivos de nuestra nación, los principios fundamentales, los derechos y obligaciones de los ciudadanos y así velar por ello, defenderlo y asegurar su cumplimiento.
    ¿Como se puede prometer al pueblo el cumplimiento de sus derechos, y obligaciones si ni siquiera se los conoce? Nosotros, los alumnos de 5°, mediante unas entrevistas que les hicimos a ciertas reconocidas figuras políticas, logramos tener contacto con esta situación, en la que algunos de los fucionarios que nos representan no conocen la constitución nacional, y chicos de 16 años, sí. En este escenario también se pone en juego lo importante que es la educación.
    Conocer la constitución, respetarla y defenderla es la única manera de cumplir lo enunciado en nuestro preámbulo: el objetivo de constituir la unión nacional, afianzar la justicia y consolidar la paz interior, para ello se hace necesario imponer con fuerza de ley que todos los legisladores rindan un examen ante el poder judicial sobre sus vastos conocimientos de la constitución.
    2) La ley
    Conocimiento obligatorio de la constitución
    Disposiciones Generales: Derechos de los ciudadanos a que los funcionarios cumplan sus obligaciones. La Constitución de la nación Argentina. ignorancia de ciertos legisladores nacionales, provinciales y municipales. La necesidad de que los legisladores tengan, y mantengan sus conocimientos constitucionales.
    El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
    Ley de conocimiento obligatorio de la constitución
    Que: Articulo 1:
    Inciso a: Todos los legisladores nacionales; los funcionarios del poder ejecutivo nacional; los jueces de todos los fueros; deberán rendir un examen exhaustivo, sobre la totalidad de los contenidos del articulado de la constitución de la nación argentina. Este acto se efectuará en las facultades de abogacía de todas las universidades nacionales.
    Inciso b: Se invita a los poderes ejecutivos y legislativos provinciales, y municipales, a adherir al espíritu de la presente ley.
    Artículo 2:
    Inciso a: Los controles sobre la calidad de los exámenes, serán efectuados por la auditoria general de la nación.
    Inciso b: Los funcionarios que no aprueben, el mencionado examen, accederán al cargo que aspiran.

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  24. Valentina Di Benedetto Villanueva27 de septiembre de 2014, 15:59

    "Que los futuros políticos sepan la Constitución Nacional para acceder a los cargos públicos y deban rendir un examen para comprobar esto"

    .-Debido a la ineptitud demostrada públicamente por diversos postulantes en la política para realizar sus deberes, se manifiesta en el presente escrito el menester de introducir a la Constitución Nacional Argentina un estatuto que ampare el procedimiento de evaluar mediante un examen tanto en el ámbito oral como en el escrito a todo aquel que aspire a pertenecer a un partido político, y luego así llegar a obtener su lugar en el gobierno argentino. Así, se daría como resultado una mejora en la acción de las funciones gubernamentales ya que los dirigentes deberán demostrar con el dicho examen estar instruidos correctamente; será su deber conocer todos las disposiciones establecidas en la Constitución para evitar posteriores inconvenientes. Constara de dos artículos:
    Articulo 1: Los aspirantes a futuros políticos deberán realizar su examen en un tribunal de justicia, habiéndose aprendido por completo la Constitución Nacional de nuestro país, ya que solo serán aprobados los que como resultado consiguieron una nota superior a ochenta de los cien puntos que serán distribuidos la evaluación. Cincuenta puntos se evaluaran por escrito, y los cincuenta sobrantes, de manera oral. A los aprobados se les entregara un certificado que valide su accionar político.
    Articulo 2: Se exceptúan de la realización de este examen solo aquellos que hayan hecho la carrera de abogacía y tengan un promedio que supere el ocho. Estos tendrán que presentarse ante un tribunal de justicia con su título de abogado/a que corrobore lo nombrado anteriormente. De igual manera que los que realicen el examen, se les otorgara un certificado que les permita participar en la política del gobierno.

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Quinto A y B.